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Productos / Tipos de sensores
  • Sensores PMx

    Los sensores PMX monitorean las partículas de polvo.

  • CO2 + humedad

    Sensores CO2+humedad

  • Sensores combinados

    Sensores combinados para el monitoreo de la calidad del aire

  • Sensores de VOC

    Los sensores de VOC detectan sustancias nocivas.

  • Sensores de HR

    Los sensores de HR miden la humedad relativa.

  • Sensores de CO2

    Sensores de CO2 para el monitoreo de la calidad del aire.

  • Sensores de temperatura

    Sensores para medir la temperatura.

  • Sensores inalámbricos

    Sensores inalámbricos a batería

  • Humedad + temperatura

    Sensores de humedad+temperatura

  • Sensores de canal

    Los sensores de canal optimizan la ventilación.

  • Sensores industriales

    Los sensores industriales garantizan la fiabilidad.

  • VOC + humedad

    Sensores VOC+humedad

  • CO2 + temperatura

    Sensores CO2+temperatura

  • CO2 + COV

    Sensores CO2+COV

  • Accesorios

    Los accesorios facilitan la instalación de los sensores.

  • Sensores de fuga de refrigerante

    Sensores para la detección de fugas de refrigerante.

  • Sensores de radón

    Sensores de radón para el control directo de la ventilación.

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Términos y condiciones

I. Disposiciones básicas

\n1. Estas condiciones comerciales (en adelante solo OP) regulan las relaciones comerciales entre la empresa Protronix s.r.o. con sede en Chrudim, Pardubická 177, CP 537 01, número de identificación 259 62 264, registrada en el registro comercial mantenido por el Tribunal Regional de Hradec Králové, sección C, entrada 17734 y sus clientes (en adelante solo comprador) celebradas de acuerdo con las disposiciones pertinentes de la ley número 89/2012 Sb., del Código Civil, en su versión vigente.
\n2. Las OP son conocidas por las partes y estas están obligadas a cumplirlas, ya que están publicadas en su versión vigente en el sitio web de la empresa Protronix s.r.o. (en adelante solo vendedor) en la dirección www.protronix.cz y están adjuntas a la oferta del vendedor.
\n3. No se tendrán en cuenta las condiciones comerciales del comprador.
\n

II. Celebración del contrato

\n1. La propuesta para la celebración del contrato (en adelante solo oferta) debe contener la identificación adecuada de quien la realiza y debe ser evidente que quien la realiza tiene la intención de celebrar un contrato con el vendedor.
\n2. Se entiende por oferta un pedido.
\n3. El pedido puede hacerse por escrito, electrónicamente, por fax, por teléfono o de forma oral. Un pedido realizado por teléfono o de forma oral debe ser transferido sin demora al formulario de pedido.
\n4. El pedido debe contener los siguientes elementos:
\na) identificación adecuada de las partes
\nb) objeto del contrato, es decir, especificación exacta de los bienes pedidos, especialmente con la indicación de la cantidad y el código de pedido, según el cual se pueden rastrear los parámetros técnicos en la correspondiente hoja de catálogo
\nc) fecha de entrega de los bienes pedidos
\nd) lugar de entrega de los bienes pedidos, incluyendo el monto del pago por el transporte de los bienes pedidos
\ne) determinación del precio de los bienes pedidos y la forma de su pago
\nf) fecha
\n5. Si el pedido es rechazado, la eficacia se extingue con el rechazo.
\n6. El contrato se celebrará:
\na) Sobre la base de un contrato de compra debidamente celebrado.
\nb) Aceptando el pedido recibido hecho al comprador.
\nLa aceptación con adición o desviación que no cambie sustancialmente las condiciones de la oferta se considera como aceptación de la oferta, a menos que el comprador la rechace sin demora innecesaria.
\n7. Con la celebración del contrato de compra, el vendedor se compromete a entregar al comprador el objeto de la compra y permitirle adquirir el derecho de propiedad sobre él, y el comprador se compromete a aceptar el objeto y pagar al vendedor el precio de compra.
\n

III. Condiciones de pago, disposiciones sancionadoras

\n1. El comprador está obligado a pagar el precio de compra de la manera acordada en el plazo de vencimiento establecido en el contrato de compra o en el plazo de vencimiento indicado en el documento fiscal debidamente emitido o al recibir el objeto.
\n2. Los costos asociados con el transporte de los bienes pedidos serán cubiertos por el comprador en la cantidad acordada.
\n3. Si el comprador se retrasa en el pago del precio de compra, está obligado a pagar el interés por demora acordado, que es del 0,5 % diario sobre la cantidad adeudada hasta el pago.
\n

IV. Transferencia del riesgo de daño

\n1. El riesgo de daño sobre el objeto pedido se transfiere al comprador simultáneamente con la adquisición del derecho de propiedad.
\n2. El comprador adquiere el derecho de propiedad sobre el objeto pedido mediante su entrega. Si el vendedor debe enviar el objeto de acuerdo con el contrato de compra, entregará el objeto al comprador mediante su entrega al primer transportista para el transporte del comprador y permitirá al comprador hacer valer sus derechos del contrato de transporte frente al transportista. Los efectos de la entrega se producirán con la entrega del transportista.
\n

V. Derechos por cumplimiento defectuoso

\n1. El vendedor está obligado a cumplir sin defectos con las propiedades estipuladas o habituales de manera que se pueda utilizar el objeto de cumplimiento de acuerdo con el contrato, y si es conocido por las partes, también de acuerdo con el propósito del contrato.
\n2. El comprador está obligado a inspeccionar el objeto lo antes posible después de la transferencia del riesgo de daño sobre el objeto y a asegurarse de sus propiedades y cantidad. Los defectos mecánicos deben ser reclamados por el comprador en el momento de la entrega del objeto por el transportista. Otros defectos deben ser reclamados por el comprador al vendedor por escrito inmediatamente después de su detección, es decir, dentro de tres días hábiles, y simultáneamente en la reclamación escrita del defecto, el comprador informará al vendedor qué derecho ha elegido en relación con la reclamación del cumplimiento defectuoso.
\n3. El comprador tiene derecho, en caso de incumplimiento sustancial del contrato, a:
\na) eliminación del defecto mediante la entrega de un nuevo objeto sin defecto o la entrega del objeto faltante
\nb) eliminación del defecto mediante la reparación del objeto
\nc) un descuento razonable en el precio de compra o
\nd) rescindir el contrato.
\nLa elección realizada no puede ser cambiada por el comprador sin el consentimiento del vendedor, esto no se aplica si el comprador solicita la reparación de un defecto que resulta ser irreparable.
\n4. En caso de incumplimiento no sustancial del contrato, el comprador tiene derecho a la eliminación del defecto o a un descuento razonable en el precio de compra.
\n

VI. Garantía de calidad

\n1. El vendedor proporciona una garantía sobre los bienes por un período de 24 meses.
\n2. El período de garantía comienza a contar desde la entrega del objeto al comprador.
\n3. El comprador está obligado a hacer valer sus derechos por defectos ante el vendedor por escrito y de inmediato después de su detección, es decir, dentro de tres días hábiles.
\n4. El vendedor confirmará al comprador el momento de la reclamación del defecto, a partir del cual comienza el plazo para su resolución, que es de 30 días, como máximo 60 días en el caso de objetos complicados.
\n5. El comprador está obligado a utilizar el objeto del contrato en plena conformidad con las instrucciones del vendedor, está obligado a respetar todos los procedimientos establecidos en el manual de uso del objeto, a utilizar el objeto de acuerdo con el propósito para el que está destinado, de lo contrario, su reclamación se considerará injustificada.
\n6. Los costos asociados con una reclamación justificada correrán a cargo del vendedor, los costos asociados con una reclamación no justificada correrán totalmente a cargo del comprador.
\n

VII. Disposiciones finales

\n1. Todas las disputas que puedan surgir de la relación comercial se resolverán principalmente de manera amistosa, de lo contrario, ante el tribunal competente según la sede del vendedor.
\n2. Las disposiciones divergentes en el contrato tienen prioridad sobre el texto de estas condiciones comerciales.
\n3. Los derechos y obligaciones no regulados en el contrato de compra y en estas OP se regirán por las disposiciones legales pertinentes, especialmente la ley número 89/2012 Sb., del Código Civil, en su versión vigente.
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\nEn Chrudim, a 26 de noviembre de 2018
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